Precursores
- Última actualización: Viernes, 11 October 2019 07:54
PRECURSORES: Autoridad nacional competente bajo el artículo 12 de la Convención de las Naciones Unidas contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Psicotrópicas de 1988.
El Artículo 12, párrafo 9 establece la base para el nombramiento ante la Secretaría General de la Organización de Naciones Unidas de las autoridades nacionales a cargo de regular y aplicar controles sobre los precursores y químicos esenciales. En Costa Rica, estas responsabilidades están a cargo de:
Ministerio de la Presidencia |
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Instituto Costarricense sobre Drogas (ICD) |
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Unidad de Control y Fiscalización de Precursores |
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Teléfono: | (506) 2527-6417 |
Fax: | (506) 2524-0234 |
e-mails: | Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.; Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. |