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Nadie será acusado por tenencia de pequeñas cantidades de droga PDF Imprimir E-Mail

Fuente: La Nación, 30 de Noviembre del 2010

 

Nueva directriz del Ministerio Público

Nadie será acusado por tenencia de pequeñas cantidades de droga

Fiscalía afirma que medida es porque casos se desestiman antes de ir a juicio

Policía tendrá la obligación de seguir con el decomiso de las sustancias


Carlos Arguedas C. Esta dirección de correo electrónico está protegida contra los robots de spam, necesita tener Javascript activado para poder verla

La Fiscalía General de la República emitió una nueva orden para que no se abra un proceso penal cuando una persona es detenida portando pequeñas cantidades de drogas.

La decisión la comunicó Jorge Chavarría Guzmán en octubre pasado, mediante el “Instructivo general 02-2010”, pero todavía no se ha puesto en práctica pues una comisión elabora un protocolo sobre cómo se aplicará la medida.

El Fiscal justificó la medida en que un alto porcentaje de casos son desestimados durante la investigación, o sea, el imputado queda libre antes de ir a juicio.

El Poder Judicial informó que el año pasado, 8.500 pequeños decomisos de drogas no fueron a debate pues en el proceso los jueces no hallaron pruebas de que la droga era para venderla que es penado con 8 a 20 años de cárcel.

En cambio, los implicados alegaron que era para consumo, lo que no tiene castigo.

Apoyo y duda. Patricia Orozco Carballo, directora ejecutiva del Instituto sobre Alcoholismo y Farmacodependencia (IAFA) dijo que entiende la política de la fiscalía pues no tiene sentido seguir un proceso si no hay castigo.

“Esa política debe servir para saber que esa persona tiene un consumo problemático de drogas, que es una enfermedad adictiva y como tal merece una oportunidad de tratamiento adecuado y no acceder a una prisión”, dijo.

Kattia Rivera Bonilla, jefa de asesoría legal de Seguridad Pública, señaló que conoce el objetivo del plan pues representa al ministerio en este tema. “El consumo no es ilícito, entonces buscamos un mecanismo a efecto de sacar esa sustancia de la calle sin generar en el Ministerio Público la apertura de los expedientes solo para efectos de llevar y destruir la droga”, dijo la funcionaria.

Agregó que la ley no especifica cuál es la cantidad de droga para consumo, pero cuando la Policía detiene a un sujeto con 15 piedras a las 3 p. m., y a las 6 p. m. de nuevo lo capturan con 10 piedras, es obvio que no es para consumo.

Marta Iris Muñoz, jefa de la Defensa Pública, opinó que en principio creyó que se trataba de un mecanismo ágil, para desestimar los casos, pero al leer con detalle la directriz, la medida le genera inquietudes y dudas. “De nuevo se nota que falta independencia a los fiscales, demasiada sujeción”, señaló.

Francisco Segura, subdirector del OIJ, dijo que la medida ratifica lo que sucede en la realidad y que no afecta ni beneficia el OIJ.

Razonamiento. Según el Ministerio Público en la actualidad en decenas de decomisos de 5, 10 o 15 piedras de crack o de puchos de marihuana, el imputado alega que la droga es para consumo.

En esas situaciones, el hallazgo se hace en una requisa, por lo es difícil demostrar que se trata de estupefacientes para la venta y, por lo tanto, el imputado es liberado.

Jorge Chavarría dijo que seguir un caso así es una investigación innecesaria que genera un gran gasto para la justicia en fiscal, juez, defensor y los exámenes de laboratorio para determinar tipo de droga.

“La sustancia si es prohibida y por tal sí debe ser decomisada y esa práctica policial debe mantenerse. El detenido se presenta, el parte se rechaza, pero se admite la droga para la destrucción. En ningún momento se quiere desmotivar a la Policía para que decomise la droga”, insistió .

Chavarría agregó : “aunque pareciera promoverse la impunidad, es todo lo contrario. Queremos hacer más eficiente el sistema. Tenemos seis condenas que se lograron con análisis criminal, con una mejor organización del tiempo de los fiscales, que permitió orientar la investigación para detener a los traficantes”.

 
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